viernes, 8 de agosto de 2014

                                                  REMATARAN VEHÍCULOS  
Las autoridades de transito deben revisar los convenios con los particulares o las condiciones  que hoy tiene los patios oficiales  de tránsito,  para que se construyan espacios adecuados que garanticen las condiciones técnicas y físicas  de  los vehículos inmovilizados por la autoridad operativa de tránsito, para que estos  no sean  dejados a la intemperie y de esa forma los vehículos puedan conservarse y luego se  puedan vender  de acuerdo con el artículo 128 de la ley 769 de 2002 modificado por la ley 1730 del 29 de julio  de 2014…
Ver ley 1730 del 29 de julio de 2014


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