ILEGALIDAD
DE LA APLICACIÓN UBER EN VEHICULO DE SERVICIO ESPECIAL Y PARTICULARES COMO EL
UBER X
Hoy el problema de la aplicación UBER no solo se le atribuye
a los vehículos de servicio público especial regulados mediante el DECRETO 174
de 2001 que hoy están invadiendo el servicio de transporte TAXI que se
regulo mediante el DECRETO 172 del 5 de febrero
de 2001 para los amarillos que son los único habilitados para prestar el
servicio individual de pasajeros en la jurisdicción municipal y ocasionalmente
en sus viajes a otros municipios mediante la planilla de viaje ocasional, con
esto lo que queremos significar es que el servicio de la aplicación UBER no es
ilegal, la ilegalidad es el medio por el cual se está utilizando o prestando el
servicio, a ver si me hago entender hoy en Colombia y en especial en Cali, Medellín
y Bogotá se está prestando un servicio de transporte que es contratado por
medio de una aplicación de nombre UBER mediante un teléfono móvil, la solicitud de
este servicio está remplazando el sistema antiguo que teníamos mediante el teléfono fijo cuando pedíamos un servicio en taxi, el gran problema que observamos es que se
esta solicitando este servicio no para un vehículo
tipo taxi, se esta solicitando un vehículo de servicio especial o particular denominado UBER X.
Por otra parte esta compañía esta ofreciendo un servicio denominado UBER X que se presta en vehículos particulares y esto esta generando enfrentamientos verbales entre los conductores de carros blancos ( especiales y los particulares)
COMO
SE LEGALIZARÍA EL SERVICIO DE UBER
PROPUESTA NUMERO UNO La única salida legal que
hoy tiene el servicio de UBER está en estudio por el ministerio de transporte
con la creación de un SERVICIO DE TRANSPORTE DE TAXI DE LUJO que se prestaría en
vehículo tipo camioneta de doble cabina, con aire acondicionado, que podría ser
solicitado por medio de aplicaciones y que podría ser pagado su servicio por
medio de tarjetas de crédito.
PROPUESTA NUMERO DOS taxis normal como lo establece el DECRETO
172 2001 por el cual se reglamenta el
Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Individual de Pasajeros,
esta aplicación solo podría ser utilizada por esta modalidad de transporte ya
que es la única que puede recoger personas en los municipios sin ningún tipo de
contrato,los vehículos tipo taxi hace
mucho tiempo vienen utilizando el servicio de llamadas para ofrecer su servicio
puerta a puerta, hoy con la implementación de los servicio de internet en teléfonos
móviles ya el tema se modernizo y pasamos a la nueva era que debe ser asumida
por los propietarios y conductores que deben modernizarse y ofrecer dicho
servicio.
salidas para que los usuarios puedan disfrutar de UBER sin miedo a que las autoridades los dejen en la mitad del recorrido
1. que el ministerio de transporte cree un nuevo servicio de transporte de TAXI DE LUJO y que sean esto vehiculos los que presten el servicio de UBER a los usuarios.
2. que el servicio se preste en el servicio de taxi individual de acuerdo con el decreto 172
LOS
VEHÍCULOS PARTICULARES son para satisfacer las necesidades de su
propietario, su entorno familiar, laboral y social sin que de ese servicio de traslado
de acompañantes se obtenga un lucro o beneficio, es decir que usted puede
trasladar como acompañante a su madre, padre, hermano, hijos, amigos,
compañeros de clase y de trabajo pero bajo ningún caso puede cobrar porque estaría
obteniendo un beneficio económico y estaría prestando un servicio y por lo
tanto estaría afectando el servicio industrializado del transporte en Colombia.
Cabe anotar que esta
conducta está tipificada en el ordenamiento jurídico de transito de acuerdo con
el articulo 131 de la ley 769 del 6 de agosto de 2002 modificado por el articulo 21 de la ley 1383
de 2010 y se sanciona con el literal D-Será sancionado con multa equivalente a
treinta (30) salarios mínimos legales diarios vigentes (smldv) el conductor y/o
propietario de un vehículo automotor que incurra en cualquiera de las
siguientes infracciones y para nuestro
caso es el
D-12 Conducir un vehículo
que, sin la debida autorización, se destine a un servicio diferente de aquel
para el cual tiene licencia de tránsito. Además, el vehículo será inmovilizado
por primera vez, por el término de cinco días, por segunda vez veinte días y
por tercera vez cuarenta días.
LOS
VEHÍCULOS PÚBLICOS DE TRANSPORTE ESPECIAL son vehículos habilitados mediante permisos
otorgados a empresas de transporte para que presten un servicio mediante un
contrato pactado entre usuario contratante y empresa contratada únicamente y
para demostrar dicha acción contractual se debe diligenciar un EXTRACTO DE
CONTRATO de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 de del decreto 174
Contenido
del extracto de contrato. Numero
del FUEC
. Razón
social de la empresa
. Numero
del contrato
. Contratante
( empresa o persona natural )
. Objeto
del contrato
. Origen
y destino ( describiendo el recorrido)
. Convenio
de colaboración empresarial ( convenio entre empresas)
. Duración
del contrato
. .Características
del vehículo
1. Tarjeta de operación
1. Identificación de los conductore
Este extracto de contrato
debe diligenciarse en computador o maquina, bajo ningún caso se puede
diligenciar a mano o presentar enmendaduras, se debe diligenciar en papel Bonb mínimo
de 60 gramos con membrete de la empresa, si las autoridades de control
operativos ( policía de carreteras o transito municipal y agentes de transito
azules observan alguna anomalía pueden consultar la autenticidad en las
instalaciones de las empresas de transporte donde debe reposar una copia del documento.
Comentario
De acuerdo a lo antes mencionado
y tipificado en nuestro ordenamiento jurídico de transporte se establece que no es permitido que los
contratos en la modalidad de servicio especial se realicen mediante una aplicación
de celulares y mucho menos entre el conductor del vehículo y el contratante,
este servicio se debe contratar entre el usuario y la empresa de transporte
cosa que no ocurre con la aplicación UBER que el
usuario descarga la aplicación y busca el móvil más cercano y este le ofrece el
servicio sin existir un contrato por escrito como eta establecido en este
servicio.
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